CARTELERA POLÍTICA
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* Los berrinches de Mary Cadena
“Tavo Pérez, facultado por el cabildo
* Quién acusa tiene derecho a probar
CARTELERA POLÍTICA
Por ISIDRO JIMÉNEZ ORTIZ
El Affaire protagonizado hoy por la mañana por la sindica del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla María Elena Cadena Bustamante, en la sesión de cabildo celebrada en Palacio municipal, exigía al alcalde Octavio Pérez Garay le aclarara ingresos derogados en ejercicio de la propia administración en la que ella según no estaba de acuerdo muy a pesar de tener la representación jurídica del Ayuntamiento, minutos de explicaciones y alegatos no quedó satisfecha, el propio alcalde sometió al cabildo una moción de orden y solicitó se sometiera a votación retirarle a la sindica esa facultad para que ya no se mortificara tanto, por mayoría los ediles aprobaron la solicitud otorgándosela al propio alcalde, eso sí, sin retirarle a Cadena Bustamante el cargo de Sindica ni mucho menos sus comisiones que tiene.
Para mayor ilustración, en el Artículo 36 fracción XXIV de la Ley Orgánica del municipio libre para el estado de Veracruz, establece que son atribuciones del Presidente Municipal, " Asumir la representación jurídica del Ayuntamiento en los actos y hechos en que éste fuera parte, cuando el síndico esté impedido legalmente para ello, se excuse o se niegue a asumirla, requiriéndose, en éste caso, la previa autorización del Cabildo"
Este caso, hubo la plena autorización del Cabildo para retirarle la representación jurídica, en ningún momento se contravino la Ley, es más el propio alcalde la asumió como tal facultado por lo que establece la Ley Orgánica del municipio libre, en éste caso no se trastoco ningún derecho de la sindica, fue un acuerdo por mayoría del cabildo.
En lo demás hemos visto que la Sindica María Elena Cadena Bustamante ha lanzado una denuncia pública sin ningún sustento probatorio, un mensaje que se califica como dañino para el funcionamiento de un Ayuntamiento dé la cuál forma parte, la práctica de señalar cargos en los medios como lo hizo en contra del alcalde Octavio Pérez Garay, sin esgrimir pruebas, sin precisar un hecho concreto, dejando correr el desprestigio y la desconfianza pública, levantar el dedo acusador sin sustento alguno, puedo caer en la lógica de un delito, ésto en nuestro sistema jurídico, la sindica está obligada a sumistrsr información completa de sus señalamientos en contra del Alcalde, y debe ser clara y probada, porque hasta el momento no ha sido así, QUIEN DENUNCIA TIENE DERECHO A PROBAR.
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