LO MULTAN POR QUEDARSE DORMIDO EN EL METRO
- Lalo Rojas A
- 29 may 2018
- 1 Min. de lectura
Por: Carlos Wenceslao Montoya Escobedo
Un usuario de este sistema de transporte compartió en Facebook una imagen del recibo de una multa, además de un video en el que asegura que la sanción fue por quedarse dormido en un tren.
En el documento, con sello de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, se estipula que la sanción corresponde a faltas a la Ley de Cultura Cívica, establecidas en el artículo 26, fracción XI, así como en el artículo 46.
De acuerdo con lo establecido en dicha ley, son infracciones contra el entorno urbano de la Ciudad de México: «ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos».
El joven asegura en la grabación que le hicieron un descuento por ser estudiante, situación que corresponde a lo estipulado en el artículo 47 de la misma ley.
El Artículo 47 indica «Si el infractor fuese jornalero, obrero, o trabajador no podrá ser sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día. Tratándose de trabajadores no asalariados, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso. Tratándose de personas desempleadas o sin ingresos, la multa máxima será el equivalente a una vez la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México. Los medios para la acreditación de estas condiciones deberán ser indubitables»
